En el marco de una nueva sesión del Observatorio del Comercio Ilícito y Seguridad (OCIS) de la Cámara Nacional de Comercio, se contó con la exposición de José Manuel Ruiz, jefe de la División de Seguridad Privada de la Subsecretaría de Prevención del Delito (SPD), quien presentó los principales ejes y la matriz de factores de riesgo que contempla la Ley N° 21.659 sobre seguridad privada.
Ruiz explicó que la Ley de Seguridad Privada tiene una larga tramitación que se inició en 2009 bajo el gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet, y que posteriormente recibió una indicación sustitutiva en 2010 por parte del Presidente Sebastián Piñera. Tras años de debate, el proyecto fue priorizado nuevamente en 2023 como parte de la agenda legislativa de seguridad, logrando su aprobación en comisión mixta y en ambas cámaras. Finalmente, fue promulgada el 14 de marzo de 2024 y publicada el 21 del mismo mes.
La normativa busca regular la industria de la seguridad privada, estableciendo su carácter preventivo, coadyuvante y complementario de la seguridad pública. Entre sus principales objetivos se cuentan: crear un órgano rector en materia de seguridad privada bajo la dependencia del Ministerio de Seguridad Pública, a través de la SPD; modernizar criterios para determinar qué entidades deben contar con medidas de seguridad privada; actualizar requisitos de personas naturales y jurídicas en el rubro; normar la realización de eventos y espectáculos masivos y establecer un nuevo sistema sancionatorio.
Ruiz señaló que un elemento central de la ley es la matriz de factores de riesgo, que permite valorar y clasificar el nivel de impacto en la seguridad pública (alto, medio o bajo). Esta herramienta se sustenta en 11 criterios, dos dimensiones, cinco variables y 12 indicadores, y será determinante para definir el tipo y nivel de exigencias que deberán cumplir las entidades obligadas.
El jefe de la División de Seguridad Privada de la SPD explicó que la ley contempla una implementación escalonada que se extenderá hasta 2027. Entre los principales hitos se encuentran la puesta en marcha de la División de Seguridad Privada, iniciada en agosto de 2024; la dictación de normas complementarias antes de la entrada en vigencia de la ley, prevista para el 28 de noviembre de 2025; la entrega de los primeros estudios de seguridad por parte de entidades obligadas, cuyo plazo vence en mayo de 2026; la creación de un registro nacional de seguridad privada y de una plataforma informática operativa a más tardar en noviembre de 2026 y la plena aplicación del nuevo sistema para todas las entidades actualmente obligadas, con fecha máxima de noviembre de 2027.
Durante la sesión, se destacó que la ley establece límites claros entre la seguridad pública y la privada, reforzando el deber de denunciar delitos, resguardar antecedentes y colaborar con las autoridades, pero sin arrogarse funciones policiales. Con este marco, la seguridad privada se consolida como un actor clave en la prevención, protección de personas y bienes, y apoyo a la seguridad pública, contribuyendo a enfrentar de manera más integral los desafíos de seguridad que atraviesa el país. Posteriormente, se respondieron preguntas de los asistentes.
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